Norma Internacional De Contabilidad No. 40: Propiedades De Inversión; Sección 16 NIIF-PYMES - Normas Internacionales de Contabilidad - Libros y Revistas - VLEX 821044993

Norma Internacional De Contabilidad No. 40: Propiedades De Inversión; Sección 16 NIIF-PYMES

AutorCarlos Alberto García Montaño - Luz Adriana Ortiz Carvajal
Páginas359-385
359
Capítulo 9
Norma Internacional de Contabilidad No. 40:
Propiedades de Inversión; Sección 16 NIIFPYMES
Introducción: esta norma se encuentra vigente para estados nancieros que se
preparan y presentan desde el 1 de enero de 2005, fue revisada en el año 2003 y
reemplaza a la NIC 40 que fuera emitida en el año 2000, ha sufrido modicaciones
por efectos de los cambios realizados a otras normas. La NIIF-PYMES está vigente
desde julio de 2009.
Objetivo: prescribir el tratamiento contable de las propiedades de inversión y las
exigencias de revelación de información correspondientes.
Limitaciones al alcance: esta norma no será de aplicación a: los activos biológicos
relacionados con la actividad agrícola que trata la NIC 41 Agricultura y los derechos
mineros y reservas minerales tales como petróleo, gas natural y recursos no reno-
vables similares.
Conceptos fundamentales:
Propiedades de inversión: son propiedades, terrenos o edicios, considerados
en su totalidad o en parte o ambos que se tienen por parte del dueño o por par-
te del arrendatario que haya acordado un arrendamiento nanciero para obtener
rentas, apreciación del capital o ambas, en lugar de para su uso en la producción o
suministro de bienes o servicios o bien para nes administrativos o su venta en el
curso ordinario de las operaciones.
Propiedades ocupadas por el dueño: son las propiedades que se tienen por par-
te del dueño o por parte del arrendatario que haya acordado un arrendamiento
nanciero para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios o bien
para nes administrativos.
NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD
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Derechos sobre arrendamiento operativo: el derecho sobre una propiedad que
el arrendatario mantenga en régimen de arrendamiento operativo se podrá cla-
sicar y contabilizar como una propiedad de inversión si, y solo si, el elemento
cumpliese, en su caso, la denición de propiedades de inversión y el arrendatario
emplease el modelo del valor razonable.
Objetivo de tener propiedades de inversión: las propiedades de inversión se
tienen para obtener rentas, apreciación del capital o ambas. Por lo tanto, las pro-
piedades de inversión generan ujos de efectivo que son, en gran medida, inde-
pendientes de los procedentes de otros activos poseídos por la entidad. Esto dis-
tinguirá a las propiedades de inversión de las ocupadas por el dueño. La NIC 16
Propiedades, Planta y Equipo se aplica a las propiedades ocupadas por el dueño.
Propiedades con varios usos: cuando las propiedades se componen de una
parte que se tiene para ganar rentas o apreciación del capital y otra parte que
se utiliza en la producción o suministro de bienes o servicios o bien para nes
administrativos y si estas partes pueden ser vendidas separadamente o colocadas
por separado en régimen de arrendamiento nanciero, la entidad las contabilizará
también por separado. Si no fuera así, la propiedad únicamente se calicará como
propiedad de inversión cuando se utilice una porción insignicante de la misma
para la producción o suministro de bienes o servicios o para nes administrativos.
Cuando la entidad suministra servicios complementarios a los ocupantes de una
propiedad, esta entidad tratará dicho elemento como propiedades de inversión
si los servicios son un componente insignicante del contrato. Un ejemplo podría
ser la vigilancia y los servicios de mantenimiento que proporciona el dueño de un
edicio a los arrendatarios que lo ocupan.
Reconocimiento de propiedades de inversión: las propiedades de inversión se
reconocerán como activos cuando, y solo cuando:
(a) sea probable que los benecios económicos futuros que estén asociados con
tales propiedades de inversión uyan hacia la entidad;
(b) el costo de las propiedades de inversión pueda ser medido de forma able.
Medición económica inicial: las propiedades de inversión se medirán inicialmen-
te al costo. Los costos asociados a la transacción se incluirán en la medición inicial
y comprenderán: su precio de compra y cualquier desembolso directamente atri-
buible. Los desembolsos directamente atribuibles incluyen, por ejemplo, honora-
rios profesionales por servicios legales, impuestos por traspaso de las propiedades
y otros costos asociados a la transacción.
La entidad evaluará todos los costos de sus propiedades de inversión en el mo-
mento en que incurra en ellos. Estos costos comprenderán tanto aquellos en que

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