Oficio 220- 090297 del 8 de Junio de 2020. Algunos aspectos del Decreto Ley 560 de 2020 - Núm. 6-2020, Junio 2020 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 846943805

Oficio 220- 090297 del 8 de Junio de 2020. Algunos aspectos del Decreto Ley 560 de 2020

Páginas3-4
Conceptos Jurídicos emitidos por La Superintendencia de Sociedades - Junio 2020
ALGUNOS ASPECTOS
DEL DECRETO LEY 560 DE 2020
DOCTRINA:
PLANTEAMIENTO:
OFICIO 220- 090297 DEL 8 DE JUNIO DE 2020
1. Conforme con lo previsto por el artículo 1 ibídem, ¿Se crea un nuevo régimen de
insolvencia paralelo al contemplado por la Ley 1116?
2. En qué consiste y cómo se deberá tramitar el mecanismo de alivio denominado
“Descargo de Pasivos” previsto por el segundo inciso del artículo 3º? Sobre este
particular ¿Qué signica disponer de la cancelación, sin contraprestación, de los
derechos de accionistas o socios?
3. Prevé el artículo 9 del Decreto que las Cámaras de Comercio podrán adelantar
procedimientos de recuperación empresarial ¿El deudor puede elegir si acude ante
la Cámara de Comercio o la Superintendencia de Sociedades en caso de que
ambas cuentan con jurisdicción en el domicilio del deudor?
4. Respecto del artículo 9 del Decreto ¿Qué ocurre si no se logra un acuerdo y por
tanto no hay lugar a su refrendación judicial?”
POSICIÓN DOCTRINAL:
Este Despacho se permite, a tulo meramente in-
formavo, hacer las siguientes precisiones de orden
legal, a la luz de las normas que regulan la materia,
siguiendo el orden de los interrogantes planteados,
así:
i) De conformidad con lo previsto en el arculo 1º
del Decreto Ley 560 del 15 de marzo de 2020, “El
régimen de insolvencia regulado por el presente De-
creto Legislavo ene por objeto migar la exten-
sión de los efectos sobre las empresas afectadas por
las causas que movaron la declaratoria del Estado
de Emergencia de Económica, Social y Ecológica de
que trata el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, y
la recuperación y conservación de la empresa como
unidad de explotación económica y fuente genera-
dora de empleo, a través de los mecanismos de sal-
vamento y recuperación aquí previstos. (…).”
ii) Dentro de los mecanismos de alivio nanciero y
reacvación empresarial, consagrados en el arculo
4º el Decreto Ley 560 de 2020, se encuentra la “des-
carga de pasivos”, gura que se puede incluir en los
acuerdos de reorganización de los deudores afecta-
dos por las causas que movaron la declaratoria del
Estado de Emergencia de que trata el Decreto 417
del mismo año, con el n de exibilizar los pagos de
las obligaciones, pagos a los acreedores de disntas
clases de forma simultánea o sucesiva.
Dicha medida le permite, al deudor que se acoja a
los mecanismos extraordinarios de salvamento y re-
cuperación de que trata el arculo 1º del Decreto
Ley 560 tantas veces citado, casgar contablemen-
te la parte de los pasivos que excedan la valoriza-
ción de la empresa en marcha, siempre y cuando se
cumpla los requisitos antes señalados, entre otros,

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