Oponibilidad de la costumbre mercantil local en la Convención de Viena de 1980 - Núm. 16, Enero 2017 - Criterio Jurídico Garantista - Libros y Revistas - VLEX 694099993

Oponibilidad de la costumbre mercantil local en la Convención de Viena de 1980

AutorJ. Guillermo Salazar Chávez
CargoAbogado (2015) y estudiante de la Maestría en Derecho Privado del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario
Páginas124-139
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Criterio Jurídico Garantista. (Ene.-Jun. de 2017). Vol. 10, n.o 16, 124-139.
issn
: 2145-3381. Bogotá: Universidad Autónoma de Colombia.
Oponibilidad de la costumbre mercantil local
Applicability of local commercial issues
in the Vienna Convention 1980
J. GUILLERMO SALAZAR CHÁVEZ2
jorgeg.salazar@urosario.edu.co
RESUMEN
Actualmente el comercio se encuentra ante una homoge-
nización de los mercados, es decir, se presenta una especie
de globalización mercantil que va exigiendo la aplicación
de una normatividad uniforme en los diferentes merca-
dos del mundo. En este artículo se hizo un breve análi-
sis de la oponibilidad de la costumbre mercantil local en
la Convención de Viena de 1980 sobre los Contratos de
Compraventa Internacional de Mercaderías (en adelante
la Convención) frente al caso colombiano, para lo cual se
hace un estudio entre la Convención y lo estipulado por
las costumbres mercantiles locales señaladas por la ley y
por las Cámaras de Comercio.
PALABRAS CLAVE: comercio, Convención de Viena,
costumbre mercantil, homogenización, oponibilidad.
ABSTRACT
Nowadays the trade thinks before a homogenization of
the markets, that is to say that one presents a species of
mercantile globalization that is demanding the applica-
tion of a equal legal normative in different places of com-
merce. In this article, there is done a brief analysis of the
oponibilidad of the mercantile local custom in the Con-
vention of Vienna 1980 opposite to the Colombian case,
for which does a study to itself between the Convention
and the stipulated for the mercantile local customs distin-
guished by the Law and by the Chambers of commerce.
KEYWORDS: Trade, Vienna Convention, mercantile
custom, homogenization, enforceability.
* Cómo citar este artículo. Salazar Chávez, J. G. (Enero-Junio de 2017). Oponibilidad de la costumbre mercantil local en la Con-
vención de Viena 1980. Criterio Jurídico Garantista, 10(16), 124-139.
1. Ar tículo de reflexión producto de la investigación dirigida por el profesor Mgr. Édgar Iván León Robayo, como trabajo de grado
para optar por el título de Magister en Derecho Privado del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario
2. Abogado (2015) y estudiante de la Maestría en Derecho Privado del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario.
Fecha de recepción: 2016/09/28 – Fecha de evaluación: 2016/11/17 – Fecha de aprobación: 2016/12/19
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Criterio Jurídico Garantista. (Ene.-Jun. de 2017). Vol. 10, n.o 16, 124-139.
issn
: 2145-3381. Bogotá: Universidad Autónoma de Colombia.
Oponibilidad de la costumbre mercantil local en la
J. GUILLERMO SALAZAR CHÁVEZ
SUMARIO
Introducción – I. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LA CON-
VENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS CONTRATOS
DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS – II. LA
COSTUMBRE MERCANTIL LOCAL EN APLICACIÓN DE LA CON-
VENCIÓN POR FACTOR GEOGRÁFICO INDIRECTO – III. LA COS-
TUMBRE MERCANTIL LOCAL EN APLICACIÓN DE LA CONVEN-
CIÓN POR FACTOR GEOGRÁFICO DIRECTO – IV. REQUISITO DEL
CONTENIDO INTERNACIONAL DE LA COSTUMBRE MERCANTIL
LOCAL – V. CONCLUSIONES – Referencias.
Introducción
En el siglo VI a. C., el filósofo Heráclito de Éfeso
reflexionó y concluyó que “lo único constante
es el cambio” (1956), sintetizando así su idea
referente de que el mundo ofrece una realidad
sometida a la transformación. Prueba de esto es el
desarrollo del comercio, el cual, en consideración
a las circunstancias de cada época, se enfrenta al
surgimiento de nuevas y distintas necesidades que
exhortan a la transformación de su regulación.
En la actualidad, el comercio se encuentra en
una nueva etapa de su desarrollo, caracterizada
por la homogeneización de los mercados. Esto se
debe a que “al existir una igualdad en términos
de necesidades y expectativas, se genera a su tur-
no una existencia de consumos estandarizados,
demandándose los mismos productos y servicios
con idénticas características, siendo lo que se
conoce como un mercado global” (Levitt, 1983)
desarrollado por el comercio internacional.
Parte de los retos actuales a los que se enfrentan
los partícipes del comercio internacional, entendi-
do este como “el intercambio de bienes y servicios
que existe entre dos o más naciones al exportar
(vender), e importar (comprar)” (Mipymes, 2014)
radica en reducir los costos de transacción. Estos
“se superponen a los costos de producción de los
bienes y servicios, refiriéndose a todos aquellos
que implican, dentro de la negociación, el obte-
ner información, y la definición del marco legal,
entre otros” (Williamson, 1995, p. 57), elementos
necesarios para la consolidación de los negocios.
Una forma de reducir los costos de transacción
es a partir de la certeza de las normas jurídicas

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