Patrimonio líquido
Autor | Álvaro Jiménez Lozano |
Páginas | 241-241 |
ESTATUTO TRIBUTARIO 241
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 69
Artículo 70 Artículo 73. Ajuste de bienes raíces,
Artículo 338. Ajuste de
los demás activos no monetarios. Artículo 868
en moneda nacional en las normas de renta y ventas.
Decreto 0400 de 1987, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 0075 de 1986
y se dictan otras disposiciones. . Ajuste del costo de adquisición de la
acciones por los Fondos de Inversión y los Fondos de Valores.
Artículo 281. Efectos del reajuste iscal.
Nota:
por el artículo 22 de la
• La ganancia ocasional obtenida en la enajenación de activos que hubieren hecho parte
• La renta presuntiva.
• El patrimonio líquido.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 70. Ajuste al costo de los activos
. Utilidad en la enajenación de inmuebles. Artículo 73. Ajuste de bienes
.
Deducción por pérdida de activos. . Pérdidas en la enajenación de activos.
. Bases y porcentajes de renta presuntiva. Artículo 300. Utilidad en la
CAPÍTULO II
PATRIMONIO LÍQUIDO
Artículo 282. Concepto.
El patrimonio líquido se determina restando del patrimonio bruto poseído por el
contribuyente en el último día del año o período gravable el monto de las deudas a cargo
del mismo, vigentes en esa fecha.
Normas concordantes de este Estatuto. . Bases y porcentajes de la
renta presuntiva. Artículo 283. Requisitos para la aceptación de deudas. Artículo 284.
Pasivos de las compañías de seguros. Artículo 285
Artículo 286 Artículo 287. Deudas que constituyen
patrimonio propio. Artículo 292. Impuesto al patrimonio. Artículo 293. Hecho generador
del impuesto. Artículo 294. Causación. Artículo 296. Tarifa. Artículo 345. Ajustes del
patrimonio. Artículo 347. Ajustes al patrimonio líquido que ha sufrido disminuciones o
aumentos durante el año. Artículo 353
CAPÍTULO III
DEUDAS
Artículo 283. Requisitos para su aceptación.
Para que proceda el reconocimiento de las deudas, el contribuyente está obligado:
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba