La póliza de garantía de un bien se puede hacer exigible aun después de haberse terminado el contrato de compraventa - Núm. 2015, Enero 2015 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 588765975

La póliza de garantía de un bien se puede hacer exigible aun después de haberse terminado el contrato de compraventa

AutorDerecho Justo

El Alto Tribunal resolvió que una entidad pública puede hacer efectiva la garantía de calidad e idoneidad de un bien adquirido a título de compraventa, cuando termina el contrato y con posterioridad aparece un vicio oculto, porque la póliza de calidad e idoneidad del bien no termina con el vencimiento del contrato, sino que se extiende en el tiempo según lo pactado y cubre vicios de la cosa que no se detectaron al momento de la ejecución del mismo.

El Alto Tribunal concluyó que corresponde al vendedor la obligación no solo de tradir la cosa sino de entregar la...

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