Prohibiciones - La Responsabilidad Extendida del Productor y los programas posconsumo en Colombia - Libros y Revistas - VLEX 697782949

Prohibiciones

AutorEduardo Del Valle Mora
Páginas177-180
177
21. Prohibiciones
Tradicionalmente, se ha entendido que las obligaciones asociadas
a los programas posconsumo son de hacer o de dar. Sin embargo,
las normas posconsumo también incluyen obligaciones de no
hacer. Por lo general, dichas obligaciones se encuentran inmer-
sas en el capítulo de prohibiciones. En cada una de las normas
posconsumo se establecieron obligaciones de no hacer, de manera
que se aplican a todos los actores y agentes participantes en los
sistemas posconsumo, es decir, desde el consumidor o usuario
nal como generador del residuo posconsumo, pasando por los
proveedores o expendedores, los productores, las autoridades
municipales, ambientales y demás entidades, hasta los gestores
nales de los residuos posconsumo. A continuación se presentan
las prohibiciones generales u obligaciones de no hacer aplicables
a los actores y agentes de la cadena de los programas posconsumo.
La principal prohibición es la de disponer de los residuos
posconsumo en los rellenos sanitarios.268 Precisamente esta es la
268 Literal B del artículo 16 de la Resolución 1457 del 2010, literal A del ar-
tículo 20 de la Resolución 1511 del 2010, literal A del artículo 17 de la
Resolución 1675 del 2013, literal A del artículo 10 de la Resolución 0372
del 2009, literal A del artículo 13 de la Resolución 0371 del 2009, literal A
del artículo 19 de la Resolución 1512 del 2010, y literal A del artículo 20
de la Resolución 1297 del 2010.

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