Reflexiones en torno a la responsabilidad civil en el derecho aeronáutico y de los pilotos - Núm. 14, Enero 2012 - Ratio Juris - Libros y Revistas - VLEX 396511422

Reflexiones en torno a la responsabilidad civil en el derecho aeronáutico y de los pilotos

AutorDylan Vallejo Garcés
CargoEstudiante de quinto año de Derecho de la Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín
Páginas183-217
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Revista Ratio Juris Vol. 7 Nº 14 (enero-junio 2012) pp. 183-209 © Unaula
* Resultado final del trabajo de investigación monográfico en el área del Derec ho Aeronáu-
tico denominado “La responsabilidad civil en el derecho aeronáutico y de los pilotos” me-
diante el cual se opta al título de abogado de la Universidad Autónoma Latinoamericana en
2011.
** Estudiante de quinto año de Derecho de la Universidad Autónoma Latinoamericana de
Medellín. dyllan2006@hotmail.com
REFLEXIONES EN TORNO A LA RESPONSABILIDAD
CIVIL EN EL DERECHO AERONÁUTICO
Y DE LOS PILOTOS*
Dylan Vallejo Garcés**
Recibido: octubre 10 de 2011 Aprobado: febrero 28 de 2012.
Resumen
El presente artículo pretende mostrar la responsabilidad que surge del dere-
cho aeronáutico y la responsabilidad que recae sobre los pilotos en el mo-
mento del transporte aéreo, cuál es el tipo de responsabilidad que en ambos
casos puede endilgarse, además de conocer cuál es la autoridad competente
para dirimir los conflictos que se presenten en torno a estos temas, bien sea
en analizar los hechos generadores del daño, el daño causado, el nexo de
causalidad que existe entre el hecho antijurídico y el daño producido y cuál
es el grado de imputación sobre el cual recae la responsabilidad.
Palabras clave: responsabilidad civil, derecho aeronáutico, hecho antiju-
rídico, daño, nexo de causalidad, imputación, pilotos.
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REF LECT ION S REG ARDI NG CIVI L LIAB ILIT Y IN AVIATIO N LAW
AND OF TH E PILOTS
Abstract
The present article aims to establish the responsibility that arises from the
aviation law and that which falls on the pilots during the air transportation,
the kind of responsibility that might be foisted in both cases, as well as
identifying the authority with jurisdiction to settle the conflicts derived from
these issues, whether it be analyzing the facts that gave rise to the damage,
the damage inflicted, the causality nexus existing between the offensive act
and the damage inflicted and, the degree of answerability on whomever is
found blameworthy.
Key words: Civil liability, aviation law, offensive act, damage, causality
nexus, imputation, pilots.
RÉFLEXI ONS A PROPOS DE L A RESPO NSAB ILITE CIVILE DANS
LE DROIT AERIEN ET DES PILOT ES
Résumé
Cet article vise à montrer la responsabilité découlant de la loi aérienne et la
responsabilité qui retombe sur les pilotes au moment du transport aérien, le
type de responsabilité qui peut être attribué dans les deux cas, en plus de
préciser quelle est l’autorité compétente pour régler les conflits qui sur-
gissent autour de ces questions, que ce soit dans l’analyse des événements
ayant entraîné des dommages, les dommages, le lien de causalité entre
l’acte illicite et le dommage et le niveau de l’imputation sur lequel retombe
la responsabilité.
Mots-clés: la responsabilité civile, le droit aérien, fait illégal, dommage,
lien de causalité, l’imputation, les pilotes.
Reexiones en torno a la responsab ilidad civil en el derecho aeronáutico y de los pilotos
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󰱇Revista Ratio Juris Vol. 7 Nº 14 UNA ULA󰱇󰯥ISSN 1794-6638
Introducción
Al lado de la historia de la aviación surge la historia del derecho aeronáuti-
co, lo cual siempre se ha constituido como un desafío del ser humano, pero
todos los intentos no siempre han sido exitosos, en sus inicios se evidencia-
ron ciertos errores, que fueron los que abrieron paso a la creación de lo que
hoy en día es la aviación.
Con la aviación también han surgido diferentes conflictos, tales como
establecer cuáles son los criterios y la regulación pertinente para el uso del
espacio aéreo1 (Videla, 1996, p. 55), para efectos de establecer el ejercicio
de la soberanía de cada Estado, además sale a flote la necesidad de estable-
cer criterios y formas de responsabilidad por los daños ocasionados en de-
sarrollo de la actividad. En consecuencia, se firmaron diversos instrumen-
tos internacionales con el fin de regular todo lo relativo a la actividad aérea
y lograr uniformidad en materia de principios y reglas (Romero, 2005, p. 6).
En Colombia, los convenios en materia de derecho aeronáutico han
sido introducidos a nuestro ordenamiento jurídico por la Ley 95 de 1965
“Convenio de Varsovia”, en la cual se incluyó la responsabilidad de carác-
1 El espacio aéreo es el lugar donde se lleva a cabo la actividad aeronáutica. Tiene la carac-
terística de ser una parte integrante de los elementos que componen el territorio del Estado,
por lo tanto, es un lugar donde éste ejerce su soberanía.
La primera pregunta que se hace es la siguiente: ¿Qué comprende el espacio aéreo? o ¿qué
nos lleva a determinar que nos encontramos ante la presencia del mismo? Según el autor
argentino Federico Videla, el espacio aéreo está constituido por aquel ambiente que tiene
contacto con tierra firme y con el mar que rodea nuestro planeta en toda su extensión. (Vi-
dela Escalada, Federico. “Derecho Aeronáutico”. Buenos Aires: Editorial Zavalia, 1996, p.
55).
La Constitución Política no define qué es exactamente el espacio aéreo, pero si afirma en su
artículo 101 que el espacio aéreo es uno de los elementos que conforma el territorio colom-
biano, junto a el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la
zona económica exclusiva, la órbita geoestacionaria y el espectro electromagnético.
Por su parte, el artículo 1.777 del Código de Comercio sí describe de una mejor manera
qué debe entenderse por espacio aéreo o cómo la misma norma lo denomina por “espacio
nacional”. Según la disposición mencionada, el espacio aéreo es la prolongación vertical de
los límites territoriales y de aguas jurisdiccionales establecidos en los tratados internacio-
nales aprobados por el Congreso y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la
Nación.
En virtud de estas definiciones, y de otras tantas que ha ofrecido la doctrina universal, se
puede concluir el espacio aéreo es la extensión de aire que se encuentra ubicada perpendi-
cularmente a la superficie o al mar.

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