El sistema de aseguramiento de la calidad en la educación superior - Núm. 2-2014, Junio 2014 - Saber, Ciencia y Libertad - Libros y Revistas - VLEX 608427070

El sistema de aseguramiento de la calidad en la educación superior

AutorZilath Romero González
Páginas11-12
EDITORIAL
EL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD
EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR
“La calidad no es un destino jo, es un viaje,
una idea en ascenso hacia su ideal,
una utopía posible, pero inalcanzable”.
Padre Alfonso Borrero
La educación ocupa un lugar central en el discurso acerca del desarrollo
económico de los pueblos. Es un requisito fundamental para establecer las
condiciones socioeconómicas que permitan cerrar la brecha de la desigualdad
y, por tal razón, una apuesta por el bienestar individual y colectivo de la
sociedad. En este sentido, los procesos de aseguramiento de la calidad, en
tanto mecanismos tendientes a controlar, garantizar y promover el correcto
desempeño de las Instituciones de Educación Superior (IES), constituyen
instrumentos de gran valor para hacer de la educación un verdadero motor
de desarrollo.
El Ministerio de Educación Nacional (MEN) regula la ejecución de la política
de Educación Superior mediante el direccionamiento de varios organismos:
el CESU (Consejo Nacional de Educación Superior), CONACES (Comisión
Nacional para el Aseguramiento de la Calidad en la Educación Superior), el
CNA (Consejo Nacional de Acreditación) y el ICFES (Instituto Colombiano
para el Fomento de la Educación Superior). Así mismo, coordina el Sistema
de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, el cual consiste
en un “conjunto de acciones desarrolladas por los diferentes actores de la
Educación, que buscan promover, gestionar y mejorar permanentemente la
calidad de las instituciones y programas de educación superior y su impacto
en la formación de los estudiantes”. Dicho sistema está conformado por tres
subsistemas interrelacionados entre sí: el subsistema de evaluación, el de
información y el de fomento.
Las IES son evaluadas en dos momentos principales, uno de carácter
obligatorio, el de su creación, y el otro voluntario, con la acreditación
institucional o de alta calidad. Para su creación deben demostrar el
cumplimiento de los requisitos contemplados en el Decreto 1478 de 1994,
para las instituciones privadas, y en la Ley 30 de 1992, artículos 58 a 60, para
las públicas. En cuanto a los programas académicos, deben cumplir, desde el
momento en que son creados, con las 15 condiciones de calidad que establece
el Decreto 1295 de 2010, requisito indispensable para que se les otorgue el
Registro Calicado por un periodo de siete años, cuya renovación está sujeta
a un proceso de vericación y seguimiento similar. Sin la obtención del
registro calicado, no puede ofertarse un Programa Académico.

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