Título XIII. De las donaciones entre vivos - Libro tercero. De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos - Código Civil - Código Civil concordado - Libros y Revistas - VLEX 849687874

Título XIII. De las donaciones entre vivos

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Cindy Lorena Chavarro Moreno
Páginas464-476
440
ARTÍCULO 1441. RECISIÓN DE LA ENAJENACIÓN DE BIENES
DEL CAUSANTE. Las enajenaciones de bienes del difunto, hechas
por el heredero, dentro de los seis meses subsiguientes a la apertura
de la sucesión, y que no hayan tenido por objeto el pago de créditos
hereditarios o testamentarios, podrán rescindirse a instancia de cualquiera
de los acreedores hereditarios o testamentarios que gocen del bene cio
de separación. Lo mismo se extiende a la constitución de hipotecas
especiales.
CONCORDANCIAS:
• Código Civil: Arts. 653, 1012, 1155, 1295 y 2432.
ARTÍCULO 1442. REGISTRO DEL DECRETO DE BENEFICIO. Si
hubiere bienes raíces en la sucesión, el decreto en que se concede el
bene cio de separación se inscribirá en el registro o registros que por
la situación de dichos bienes corresponda, con expresión de las ncas
que el bene cio se extienda.
CONCORDANCIAS: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
• Código Civil: Art. 656.
*Ley 1579 de 1 de octubre de 2012: Art. 4.
TÍTULO XIII
DE LAS DONACIONES ENTRE VIVOS
ARTÍCULO 1443. DEFINICIÓN. La donación entre vivos es un acto por
el cual una persona trans ere, gratuita e irrevocablemente, una parte de
sus bienes a otra persona que la acepta.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
• Código Civil: Arts. 28, 125, 150, 164, 492, 1194, 1243 al 1246, 1258, 1259, 1482 al 1489,
1495 al 1497, 1499, 1500, 1712 y 2301.
• Estatuto Aduanero: Art. 531.
*Decreto-Ley 1712 de 1 de agosto de 1989: Por el cual se autoriza la insinuación de
donaciones ante notario público.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
• OFICIO 236 DE 13 DE MARZO DE 2015. DIAN. Perfeccionamiento de la donación y
transferencia del dominio.
CONCEPTO 2152 DE 24 DE JUNIO DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO
Y REGISTRO. Donación. Insinuación. Reparto Notaria.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 6585 DE 20 DE MAYO DE 2003. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P.
DR. JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES. La donación entre vivos es un contrato.
EXPEDIENTE 6796 DE 18 DE MARZO DE 2002. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M.
P. DR. JORGE SANTOS BALLESTEROS. Trámite notarial y procedimiento judicial.
Art. 1441

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