¿Qué tipo de justicia transicional resulta más adecuada a implementar en el caso colombiano, en el marco de la negociación entre los grupos insurgentes y el gobierno, en pos de concretar el derecho síntesis de la paz? - Núm. 2, Noviembre 2013 - Ejercicios estudiantiles sobre proyecto integrador - Libros y Revistas - VLEX 507286946

¿Qué tipo de justicia transicional resulta más adecuada a implementar en el caso colombiano, en el marco de la negociación entre los grupos insurgentes y el gobierno, en pos de concretar el derecho síntesis de la paz?

AutorCartagena Durango María Enelia/Colorado Henao Margarita María/Echavarría Zapata Martha Lucía/González Sandoval Alba Rosa/Ruiz Ruiz Luis Fernando/Serna Ruiz Luis Alberto
Páginas93-111

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1. Justicia

El paso que debe anteceder a la consideración de una clase específica de justicia para hacerle frente al conflicto armado es la definición misma de justicia y todo lo que ello pueda implicar para el desarrollo del proceso de paz.

Existe un elemento muy importante en lo referente a justicia y es la necesidad de mantener la armonía entre sus miembros, lo que implica la existencia de la norma, pues es esta la directriz que permite establecer en el campo de acción de cada integrante de un grupo social, de forma tal que cada uno tenga la posibilidad de actuar libremente, pero sin causar una afectación negativa a otro(s).

Esto nos permite concluir que existe una relación estrecha e inquebrantable entre justicia, norma y derecho.

Además y partiendo de la definición básica de justicia, si esta trata de dar a cada uno lo que le pertenece, entonces es fundamental que las víctimas reciban algo más que una posición de espectadores para presenciar cómo se toman decisiones a pesar de ellos y se les deja con las manos vacías.

Teniendo en cuenta que al hablar de justicia se hace referencia a la equidad, es decir, a dar a cada uno lo que le pertenece, entonces es evidente que en este proceso de paz que tanta alusión hace a la justicia, es indispensable la participación de la sociedad para que así pueda defenderse algo más que los intereses particulares de los actores armados del país.

Si actualmente se quiere tener una idea clara de lo que es justicia y no perdernos en un mar de definiciones, entonces basta con decir que la justicia de una sociedad se mide por la posibilidad que tienen las personas para poder ejercer sus derechos humanos.

2. Derechos humanos en la humanidad

Aunque las posturas frente al asunto de los derechos humanos son muy variadas, nos centraremos en las adoptadas por la tradición liberal, la tradición socialista y la tradición demócrata.

2.1. Tradición liberal

Para los abanderados de esta tradición, el “supremo valor humano está constituido por la libertad individual que ningún poder puede vulnerar…se busca defender la libertad individual de la intromisión o imposición del estado ostentador del poder”1.

Bajo esta teoría se ampara el argumento del bien por el bien mismo, ya que promueve el principio “mis derechos dejan de serlo cuando perjudican los derechos de los demás”.

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“Los derechos propios de la tradición liberal son los que garantizan la independencia de los individuos frente a la sociedad y el Estado. El derecho a la vida encabeza la lista, ya que sin este los demás derechos y libertades no son posibles, por tal razón ha recibido la denominación de derecho continente.

También se encuentra dentro de esta categoría de derechos el concerniente a la integridad física y moral que condena cualquier tipo de violencia (tortura, desaparición, reclusión arbitraria, tratos inhumanos) y se exige del Estado un deber de garantizar a los ciudadanos seguridad para sus vidas y bienes. Del mismo modo se consagra el derecho a la intimidad y su respeto: buen nombre, reputación, dignidad, y el derecho a que la propiedad como desarrollo de la libertad personal cuente con una protección por parte del Estado”2.

Respecto a la teoría propuesta por este tipo de tradición hay bastante que cuestionar si se hace alusión al conflicto colombiano.

Está la violación del derecho continente como le han llamado algunos teóricos al derecho a la vida; situación que se nos ha hecho paisaje debido al manejo que los medios de comunicación le han dado a esta problemática social; a nuestra indiferencia fruto también de la razón primera que se mencionó; a la intimidación que sufren los que tratan de visibilizar y dar un rostro a todas las víctimas de homicidio y que en muchos casos terminan en las mismas condiciones de aquellos a los cuales defienden, torturado y/o desaparecidos ante la mirada de un Estado que por muchas razones queda impotente o que en el peor de los casos es el ALIADO DEL DIABLO y se convierte en un victimario más del pueblo; ¿o cómo más puede llamársele a un ejército o gobierno que hace alianzas con grupos armados al margen de la ley en su afán egoísta e inhumano de recibir ascensos y reconocimientos a costa de la sangre y el dolor de aquellos que ven en ellos a los garantes de sus derechos?

2.2. “Tradición socialista

La libertad en la tradición socialista es entendida como la posibilidad real de satisfacer necesidades materiales y espirituales básicas; la liberación de la miseria y el hambre para lograr el desarrollo de una vida humana plena. Es el Estado quien debe buscar la redistribución equitativa de los bienes y propiedades para obtener el derecho a una vida digna. Aquí el derecho a la vida es de gran importancia, aunque va más allá de la integridad física; aquí se busca garantizar los medios materiales de existencia que permitan el acceso a bienes primarios (alimentación, vestido, vivienda), se presenta la necesidad de mejorar los métodos de producción por parte del Estado y el llamado a los países más ricos a asumir una distribución equitativa de los alimentos mundiales según las necesidades”3.

Esta teoría lleva a un gran cuestionamiento en un país como Colombia, catalogado como uno de los países más inequitativos del mundo no por falta de recursos sino por la corrupción imperante de la gran mayoría de aquellos que ostentan el poder y le dan la espalda al pueblo que los eligió.

Más precisamente lo encontramos en la siguientes palabras citadas: “Antes que igualdad frente a la ley se requiere igualdad de medios; la idea de igualdad es en-

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tendida desde Aristóteles como una forma de justicia”4. O en palabras del mismo Aristóteles “parece que es injusto el transgresor de la ley, pero lo es también el codicioso y el que no es equitativo; luego es evidente que el justo será el que observa la ley y también el equitativo… “La justicia según la igualdad se condensa en la conocida fórmula de “Lo igual para los iguales, y lo desigual para los desiguales”5.

2.3. Tradición demócrata

“La tradición demócrata concibe la idea de libertad como participación en el poder, como manifestación de la voluntad general; el individuo necesita su autonomía pero reclama una participación como ciudadano frente a la política y al espacio público, el Estado es el reflejo de la sociabilidad. Se destaca el papel del ser humano como ciudadano y privilegia por consiguiente los derechos de participación política o derechos de la democracia”6.

Según esta tradición, “los verdaderos derechos del hombre son los derechos del ciudadano como derechos políticos de participación en el poder, que de un lado suponen los derechos de libertad, y del otro garantizan, por su misma existencia, la toma en cuenta de las exigencias de solidaridad o de hermandad”7.

Aunque nuestra sociedad es de tradición democrática y no sufrimos las dictaduras que sufren otros países, todavía nos falta tener un pueblo mejor informado para que sea consciente al momento de hacer uso de su derecho al voto y por medio de él a ejercer la democracia de una mejor manera e impidiendo que sean siempre los mismos corruptos quienes gobiernan el país a partir de un aval dado por un pueblo desinformado, manipulado y con problemas de memoria.

3. La paz

En el derecho a la paz se contienen todos los demás derechos, pues para que haya paz se requiere del cumplimiento de los otros derechos humanos, porque, qué es la paz sino un conjunto de derechos garantizados y ejercidos eficazmente.

Pero entonces hay que hacer mención a algunos conceptos de paz que han permitido tener una idea más clara de las razones que generan violencia, y por lo tanto, de las formas de superarla.

Entre las teorías más fuertes está la que argumenta que existe una paz positiva y una paz negativa (Johan Galtung)

3.1. Paz negativa

La paz negativa se caracteriza por una tensa calma, lo que se suele denominar guerra fría. También se denomina paz negativa a aquella que no hace uso de la violencia directa, pero que igualmente y vista con una mirada más amplia contribuye a generar cimientos para que se presente la violencia directa. La paz negativa tiene una estrecha relación con la violencia estructural, ya que en muchas ocasiones esta no se percibe debido a la indiferencia o la idea reduccionista de lo que es violencia, pero se buscan las razones que llevan a la violencia directa, se pueden encontrar en la mayoría de los casos en todas aquellas situaciones que día a día vemos pasar frente a nuestros ojos y que catalogamos como normal.

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Para poner un ejemplo acorde tenemos el caso del conflicto colombiano; si se quiere tener una idea global de su origen, puede recurrirse a una de las formas de violencia estructural (la violencia estructural es una forma de violencia indirecta): la represión que provocó la privación de los derechos humanos de algunos miembros de la sociedad; lo que llevó a que algunas personas se alzaran en armas pretendiendo reclamar el reconocimiento y ejercicio de sus derechos, hecho que terminó en el bárbaro desacierto en medio del cual vivimos actualmente.

3.2. Paz positiva

“Supone un nivel reducido de violencia directa a un nivel elevado de justicia. Se persigue la armonía social, la igualdad, la justicia y, por lo tanto, el cambio radical de la sociedad… la paz positiva no involucra renuncia a los...

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